Bajo la consigna “Análisis de la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia”, el martes 27, en el aula Pablo de María de la Facultad de Derecho, tuvo lugar una instancia de discusión y reflexión sobre el fallo de La Haya, a cargo de los académicos Dr. Alberto Pérez Pérez y Dr. Marcelo Causillas, miembros asesores de la representación de Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia en la controversia planteada por Argentina sobre las plantas de celulosa en el Río Uruguay.
Tal análisis tuvo dos aspectos a resaltar. Por un lado, se remarcó la importancia del fallo para la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), y por otro, se omitió comentario sobre la violación que realizó Uruguay al tratado del Río Uruguay.
Entre otros aspectos, Causillas habló de lo favorable que fue el fallo de la Corte para la DINAMA, dada la correcta aplicación, por parte del organismo, de la ley uruguaya sobre Impacto Ambiental, vigente desde 1994, para evaluar los efectos de la planta. El concepto de “impacto ambiental” no es mencionado en el estatuto que rige al Río Uruguay, pero de todos modos, es tomado en consideración por La Haya para evaluar la actuación de UPM (ex Botnia). De hecho, fue uno de los elementos decisivos para determinar, por parte de especialistas internacionales, el accionar de la DINAMA, dato en el que se basó la Corte Internacional para resolver que UPM no contamina.
En un aula repleta de estudiantes de abogacía, abogados ya egresados y representantes de la DINAMA, Causillas afirmó que “Uruguay actuó con la diligencia debida al aplicar los procedimientos de impacto ambiental y de autorización de las plantas”, y que para el derecho ambiental uruguayo, para el gobierno nacional y para el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, es muy importante que la Corte haya aprobado y utilizado la legislación uruguaya, ya que eso le da mayor carácter a la DINAMA a la hora de aplicar la legislación ambiental. “¿Con qué cara se podría hoy hacer autorización ambiental si la Corte hubiera dicho que Uruguay actuó mal?”, señaló el abogado.
El discurso de Causillas se concentró en el correcto actuar de Uruguay en todo momento, incluso a la hora de plantear una estrategia para su defensa. Para tal fin, Uruguay contrató un estudio jurídico internacional, lo cual agregaba consistencia a sus afirmaciones. Por su parte, Argentina contrató a especialistas internacionales pero de manera individual, aspecto que generó contradicciones en el discurso de la defensa argentina.
Virtudes sí, debilidades no. Con cierto tono de humor ante los errores cometidos por Argentina, y decididamente más crítico respecto al manejo informativo del tema en los medios de comunicación, el Dr. Pérez Pérez introdujo un concepto hasta el momento no mencionado directamente por Causillas: “el juicio lo ganó todo el equipo, lo ganaron los abogados que lo preparaban y los que hablaron en las audiencias.” Causillas fue enfático al sostener que el juicio “lo ganó Uruguay”, una observación que recuerda la jerga futbolística y que se ha escuchado repetidamente en los medios de comunicación, pero no por parte de los especialistas, quienes han procurado ser más discretos.
Si bien en todo momento los argumentos del expositor se basaron en aspectos técnicos y jurídicos que sustentaron la defensa de Uruguay ante la Corte, no se hicieron visibles, en la explicación de ambos especialistas, las debilidades del actuar jurídico uruguayo. Como es de público conocimiento, Uruguay incumplió el estatuto de 1975 al autorizar la instalación de la planta de celulosa sin consulta ni autorización de la Comisión Asesora del Río Uruguay (CARU). Esto, que habla de cómo se manejó nuestro sistema jurídico durante un buen tiempo, y que refiere al modo en el que actuaron los gobiernos uruguayos, no fue mencionado en las casi dos horas de exposición en la Facultad de Derecho. Tampoco se vieron las manos levantadas de los estudiantes allí presentes para plantear la inquietud.
Cabe precisar que, como integrantes del equipo que representó a Uruguay en La Haya, los argumentos esgrimidos por los expositores en Facultad de Derecho, fueron los mismos que se utilizaron en Holanda. Sin embargo, faltaron los otros argumentos. Porque a la hora de juzgar a Uruguay por su falta, la Corte también fue clara.
Santiago Clarens